SEÑOR DIRECTOR DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROYECCIÓN AL DESARROLLO IDEAL – PROD.
——————————-, identificado con DNI N°—————-, con domicilio real en———————————–Distrito de —————, Provincia y Departamento de Lima, ante usted, atentamente expongo:
- PARTES EN LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL:
SOLICITANTE: ————————, identificado conforme a los datos que aparecen en el exordio de la presente solicitud de Conciliación Extrajudicial.
INVITADO: —————————– , con domicilio en ———————————————-Distrito de —————————–, Provincia y Departamento de Lima.
Que, en aplicación de lo preceptuado en la Ley N° 26872 “Ley De Conciliación Extrajudicial”, su modificatoria Decreto Legislativo N° 1070 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2008-JUS, solicitamos se inicie el trámite de conciliación extrajudicial conforme a los términos siguientes:
- HECHOS QUE DIERON LUGAR EL CONFLICTO:
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Finalmente solicitamos a su centro de conciliación, le haga recordar a la invitada que conforme lo establece el Artículo 15 de La Ley 26872 (Ley de Conciliación) la inasistencia de la parte invitada a la audiencia de conciliación produce presunción legal relativa de verdad sobre los hechos expuestos en el Acta de Conciliación y reproducidos en la futura demanda; Así como la posibilidad de que un Juez le imponga una multa no menor de 2 ni mayor de 10 Unidades de Referencia Procesal por su inasistencia, la misma que solicitamos la imposición de la multa de 10 URP a la parte invitada de ser el caso.
- PRETENSIÓN:
Arribar a un acuerdo conciliatorio con la invitada (evitando el inicio de un PROCESO JUDICIAL), mediante el cual la invitada cumpla con
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Asimismo, hacemos extensiva nuestra solicitud al pago de los intereses legales, así como el pago de los gastos que implique el presente procedimiento Conciliatorio Extrajudicial.
En caso de inasistencia de la parte invitada, solicitamos al Juez la imposición de la multa de 10 URP a la parte invitada, conforme a lo previsto en el Artículo 15 de la Ley N° 26872.
- DOCUMENTOS QUE ADJUNTO:
POR TANTO:
Pido a usted, se sirvan dar trámite a la presente solicitud de conciliación y señalar fecha para las sesiones respectivas, con arreglo a Ley.
Lima, ——– de ———— de 2020.
marco antonio dice
yo soy propietario con titulo de mi casa inscrito ante sunarp . cual seria mi pretensión? si invito a conciliar a las personas precarias que viven en mi casa para que se vayan?
gracias.
centroconciliacionprod dice
Estimado Marco Antonio, puede solicitar el desalojo por ocupante precario si el ocupante del inmueble no posee titulo o el que tenia a fenecido.
Carlos Rojas Lozano dice
Despues de concluido el proceso de conciliacion por desalojo de bien inmueble, da inicio a la demanda judicial de desalojo, tambien, puede iniciar proceso judicial por reivindicacion.