PAGO DE DEUDAS EN LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Definición
En virtud del cual una persona natural o jurídica que tiene la calidad de acreedor, efectúa el cobro de una suma de dinero en moneda nacional o extranjera a su deudor, originado por un préstamo de dinero, compraventa de bienes, prestación de servicios, cobro de alquileres impagos, cobro de facturas, etc.
Requisitos de la solicitud de conciliación
La solicitud deberá contener:
- Nombre, documento de identidad y domicilio del solicitante. En el caso que desee ser invitado en una dirección diferente, deberá señalarlo en la solicitud.
- Nombre, domicilio y documento de identidad de apoderado del solicitante, de ser el caso. Señalar la Ficha o Partida Electrónica de los Registros Públicos en que se encuentra inscrito su nombramiento.
- Nombre y domicilio del invitado.
- Describir en forma precisa los hechos materia del conflicto.
- La pretensión consistente en la obligación de dar suma de dinero.
- Establecer en forma precisa el monto total de la deuda, (capital+intereses+gastos de cobranza).
- Firma del solicitante o huella digital si es analfabeta.
Anexos
- Copia simple de DNI, vigente del solicitante.
- Vigencia de poder del gerente general o apoderado con una antigüedad no mayor a 30 días calendarios.
- Cuando se actué mediante apoderado la vigencia de poder, tendrá que decir expresamente que el apoderado tiene facultades para CONCILIAR EXTRAJUDICIALMENTE Y DISPONER DEL DERECHO MATERIA DE CONCILIACIÓN.
En caso de representar a personas naturales, además de la vigencia de poder, tendrá que adjuntar Certificado de Movimiento Migratorio cuando el poderdante domicilia o se encuentra en extranjero; Certificado Domiciliario cuando el poderdante domicilia en provincia; Certificado Médico, en caso de enfermedad del poderdante, expedido por un Centro de Salud Público o Privado no pudiendo ser por médico particular.
- Copia simple del documento que acredite la obligación de pago, ejemplo: recibos, facturas, contratos, titulos valores, cartas, etc.
- Copia simple de solicitud y anexos en número igual a las partes.
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